El pleno del Ayuntamiento de San Fernando de marzo tendrá la última palabra sobre el reintegro a las arcas municipales de parte de la subvención de 120.000 euros que se le concedió en 2011 a la asociación de mariscadores Virgen del Carmen, para la construcción de una nave destinada a la depuración de moluscos en la zona de Puente de Hierro, debido a que la entidad no ha podido justificar completamente la ayuda.
El pleno del Ayuntamiento de San Fernando de este mes de marzo decidirá sobre el reintegro a las arcas municipales de parte de la subvención de 120.000 euros que se le concedió a la asociación de mariscadores Virgen del Carmen, para la construcción de una nave industrial destinada a la depuración de moluscos en terrenos cedidos por el propio Consistorio en la zona de Puente de Hierro, debido a que la entidad no ha podido justificar completamente la ayuda otorgada en el año 2011.
El concejal de Desarrollo Económico, Conrado Rodríguez, recuerda que el pasado mes de agosto ya se inició el expediente de reintegro, justificado y apoyado en informes jurídicos del personal técnico municipal, al no haberse justificado de forma íntegra el importe de la concesión económica a la entidad.
Una vez finalizado el periodo de alegaciones, “teniendo en cuenta los escritos de justificación presentados por la asociación de mariscadores”, será el pleno el que decida la propuesta de reintegro “parcial” de esta ayuda basada en tres aspectos, según se ha informado a DIARIO Bahía de Cádiz.
En primer lugar, porque una parte importante de esa falta de justificación corresponde al IVA de las facturas presentadas. La Ley General de Subvenciones excluye expresamente el IVA como gasto subvencionable “al tratarse de una cantidad que se recupera posteriormente”, de hecho la asociación ha recuperado el IVA correspondiente a esas facturas, por lo tanto “no es un gasto que haya asumido la asociación dentro del periodo de ejecución establecido”.
Asimismo, existen otras partidas correspondientes a los gastos de personal, como los contratos vinculados a la asociación de su presidente y un familiar, que tampoco pueden incluirse en los costes justificados de la subvención “porque la normativa tampoco permite que los gastos de personas relacionadas con la asociación o con vínculos familiares con alguno de sus integrantes sean incluidos en la justificación”; salvo que se cumplan una serie de requisitos, entre ellos, la autorización expresa por parte del Ayuntamiento “autorización que no fue ni solicitada ni, por tanto, concedida en su momento”, apostilla Rodríguez.
“Al margen de lo anterior, también existen otra serie de facturas y otros gastos de personal que tampoco han sido admitidos al no estar debidamente justificados dentro del periodo de ejecución de la subvención, por lo que no se han podido tener en cuenta a la hora de cerrar el expediente”, advierte este concejal del PSOE, precisando, en este sentido, que puesto que la concesión de la subvención a la entidad se decidió en el pleno municipal, será también en el seno de este órgano municipal donde tendrá que decidirse “si se considera oportuno el acuerdo de reintegro, en base al informe técnico desarrollado por los servicios jurídicos del Ayuntamiento, corroborado también por la Intervención”.
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