El Juzgado de lo Contencioso Administrativo ha rechazado la medida cautelar solicitada por el exalcalde de Rota y exconcejal de RRUU, Lorenzo Sánchez, y avala al actual equipo de Gobierno municipal PSOE-IU. Un pleno le expulsaba el pasado enero como edil, a raíz de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial en el ‘caso uniformes’, que le condena por un delito de prevaricación y otro de negociaciones prohibidas. Recurrió al entender “irregularidades”, y la Justicia no le ha dado la razón.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo ha rechazado la medida cautelar solicitada por el exalcalde de Rota y exconcejal de RRUU, Lorenzo Sánchez, y avala al actual equipo de Gobierno municipal PSOE-IU, del que se afirma que actuó conforme a la legalidad vigente. De este modo, Sánchez Alonso además de verse expulsado de la Corporación –era concejal desde mediados de 1992-, tendrá que pagar unas costas de 800 euros.
Un pleno del Ayuntamiento roteño acordaba el pasado mes de enero la declaración de que Lorenzo Sánchez se encuentra incurso en una causa de incompatibilidad para ejercer el cargo de concejal y por tanto declaraba vacante su escaño, que pasó a ser ocupado por Juana Reyes, todo ello a raíz de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz en el conocido como ‘caso uniformes’, que le condena por un delito de prevaricación y otro de negociaciones prohibidas.
Ante la decisión del pleno, Lorenzo Sánchez presentó un recurso contencioso-administrativo por entender que el procedimiento para acordar su expulsión como edil estaba “lleno de irregularidades”, como afirmó la portavoz de su partido Roteños Unidos en el citado pleno para justificar su voto en contra de la decisión.
Según recoge DIARIO Bahía de Cádiz de fuentes municipales, se acaba de notificar al Consistorio el auto dictado por el Juez de lo Contencioso Administrativo número 2 de Cádiz, que deniega la medida cautelar solicitada por Lorenzo Sánchez, al entender que el Ayuntamiento ha actuado “como tenía que actuar”, con la aplicación rigurosa de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg).
“Especialmente duro”, según el bipartito, se pronuncia el juez contra el exalcalde independiente al apuntar en el auto que “ha de prevalecer el interés general, cuyo perjuicio es igualmente notorio si se consiente que conserve las responsabilidades políticas y la representación de los ciudadanos quien ha sido condenado, aun por sentencia no firme, por atentar contra los intereses que debía defender y perjudicar conscientemente a la administración a que debía servir y a sus representados”.
Lorenzo Sánchez Alonso ha sido condenado a un año y seis meses de prisión por un delito continuado de negociaciones prohibidas y 13 años de inhabilitación por prevaricación continuada. Sentencia recurrida ante el Supremo. No deberá entrar en la cárcel, al no ser la condena, de momento, superior a dos años. El fiscal llegó a pedir hasta cinco años de prisión y 12 de inhabilitación por tres delitos: prevaricación continuada, gestión interesada y falsedad.
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