El BOP ha publicado la aprobación del Avance de Planeamiento para la delimitación de los Asentamientos Urbanísticos en el Suelo no Urbanizable del término municipal de Rota. El documento delimita los ámbitos del suelo rústico en los que las edificaciones ilegales existentes podrán regularizarse y tener calificación de Asimilado Fuera de Ordenación, y optar a los suministros de agua y luz. El Avance se somete hasta el 16 de octubre al periodo de exposición pública y de reclamaciones.
El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicaba hace unos días la aprobación del Avance de Planeamiento para la delimitación de los Asentamientos Urbanísticos en el Suelo no Urbanizable del término municipal de Rota, conforme al Decreto 2/2012, de 10 de enero, tras la aprobación inicial por parte del Ayuntamiento a finales de julio.
Dicho documento se somete ahora a exposición pública por un plazo de treinta días, para que cualquier interesado pueda presentar cualquier reclamación y sugerencia que estime pertinente; hasta el próximo 16 de octubre.
Este expediente, según se ha informado a DIARIO Bahía de Cádiz, se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina de Planeamiento y Gestión Urbanística situada en la plaza de España, en horario de atención al público de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
El documento delimita dos asentamientos urbanísticos. Se trata de una herramienta clave que posibilita el estudio y análisis de todo el suelo no urbanizable del término municipal, especialmente todas las parcelaciones, construcciones y viviendas que se encuentran en él.
El objetivo es identificar las agrupaciones de mayor densidad edificatoria existentes, donde hay mayor concentración de construcciones y viviendas, que son susceptibles de incorporar al planeamiento en la próxima revisión del Planeamiento General de Ordenación Urbana (PGOU).
Optarán a la posibilidad de reconocimiento de la situación de Asimilado del régimen Fuera de Ordenación (AFO) las viviendas que se ubiquen en suelo no urbanizable, ejecutadas hace más de seis años, que no se ubiquen en suelos de especial protección, que no tengan expediente de infracción urbanística, y cumplan con los criterios del Decreto 2/2012, así como las ordenanzas del Avance.
La declaración de AFO supone que estas viviendas ilegales podrán acceder al registro de la propiedad y por tanto a los suministros eléctrico o de agua si los hubiere. Mientras el Avance no entre en vigor, no se podrán otorgar resoluciones de reconocimiento de la situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación.
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