El Ayuntamiento de Jerez va a destinar la partida de 200.000 euros del fondo de contingencia aprobado el año pasado para la reducción de deuda a familias inquilinas del parque público de viviendas de Emuvijesa. Y se prevé dar luz verde a otros 250.000 euros a aplicar en 2022 con el mismo objetivo, cuya distribución se baremará con los datos de la renta de 2021.
Se trata de una medida extraordinaria dirigida a paliar las consecuencias de la crisis provocada por la pandemia del coronavirus. Tras la aplicación de una baremación técnica “objetiva y transparente”, serán 216 las familias que se beneficiarán de estas primeras ayudas, que supondrán una reducción de su morosidad de entre 1.200 y 425 euros, en función de sus ingresos el pasado 2020.
La alcaldesa Mamen Sánchez, que comparecía días atrás junto a sus concejalas de Economía y Hacienda, Laura Álvarez, y de Vivienda, Ana Hérica Ramos, ha incidido en el enfoque social de las políticas municipales en materia de vivienda, destacando respecto a la gestión desarrollada este año que “el gran logro de la aprobación por unanimidad de nuestro Plan Municipal de Vivienda y Suelo”; además del “compromiso con la rehabilitación de barriadas históricas” como La Asunción y La Constancia.
En la nota remitida a DIARIO Bahía de Cádiz, la primera edil socialista repite que la aplicación de la reducción de morosidad aprobada se realizará a partir de una baremación técnica objetiva y transparente. Los requisitos a la hora de seleccionar a las familias beneficiarias son: ser titulares legales de la vivienda; ser usuarios de los servicios sociales; que el importe de la renta de arrendamiento no sea inferior a 100 euros; no ser beneficiarios de ayudas de la Junta para el alquiler; y que la deuda por impago de renta sea anterior al 31 de diciembre de 2020.
Del total de 1.872 viviendas del parque público de viviendas de Emuvijesa, son 355 las que cumplen todos estos requisitos. A partir de esta selección, se recurre al dato de la renta, dado que estas ayudas extraordinarias se aplican a las personas titulares de contrato cuyos ingresos familiares no superen el IPREM de ese año, es decir, 7.519 euros, y por tramos según los ingresos.
Desde la empresa municipal se irá contactando con cada familia seleccionada, no tienen que hacer ninguna solicitud. El resultado es que 126 familias se beneficiarán de una ayuda máxima de 1.200 euros; 32 familias, de 900 euros; 43 familias de 600 euros; y 15 familias, de 425 euros.
PROTOCOLO CONTRA EL INCUMPLIMIENTO DE NORMAS DE CONVIVENCIA E IMPAGOS
Por otro lado, el consejo de administración de Emuvijesa ha aprobado recientemente y por unanimidad un protocolo de actuación e intervención en los casos de incumplimiento de las normas de convivencia vecinal, obligaciones y compromisos contractuales por parte de las personas inquilinas de su parque público o gestionado por la empresa municipal.
Con estas medidas, se pretende garantizar el “buen clima vecinal” de estas comunidades, erradicar incidentes que aun siendo aislados, perjudican al bienestar de las familias residentes, y garantizar por tanto el respeto tanto de los derechos como de las obligaciones de las personas residentes en estas viviendas.
La edil de Vivienda, Ana Hérica Ramos, destaca que “el objetivo no es otro que una convivencia adecuada y digna en las comunidades, garantizando tanto derechos como deberes”. “A partir de ahora -agrega- contamos con un procedimiento con el que clasificamos de forma clara qué conductas no podemos permitir, y qué sanciones lleva cada una de ellas. Tenemos que involucrarnos todos y todas en mantener las promociones limpias, cuidadas, a colaborar para disfrutar de un clima de vecindad agradable, y por supuesto tener muy claro que en un caso de no poder pagar, podemos buscar soluciones, desde el respeto a todas las personas que sí abonan sus rentas, y a todas las personas que desearían poder llegar a contar con una de estas viviendas”.
El documento cuenta con dos procedimientos, en referencia por un lado a incumplimiento de normas de convivencia y obligaciones contractuales, y otro en relación a impagos. El protocolo define la metodología a desarrollar para la resolución y prevención de incidencias que puedan afectar a la convivencia, así como consensuar intervenciones y sanciones, que pueden derivar en los casos graves en resolución del contrato y pérdida de la vivienda.
En el primer caso, el procedimiento especifica diferentes categorías de incumplimientos, con casos leves (utilización de zonas comunes para usos que no le son propios; realización de obras menores no autorizadas en la vivienda, incumplimiento de las normas de la comunidad); casos graves (subarriendo o cesión parcial de la vivienda, tenencia de animales no domésticos o molestias graves ocasionadas por animales domésticos; daños en vehículos y propiedades del resto de la vecindad; realización de obras sin autorización previa que supongan modificación en la distribución interior de la vivienda, insalubridad en viviendas, reiteración de faltas leves); y casos muy graves (subarriendo o cesión de la vivienda o anejos; no ocupación por parte de las personas inquilinas legales; obras que afecten a la estructura de la vivienda o de los elementos comunes del edificio; o conductas delictivas, reiteración de faltas graves).
En las infracciones muy graves, se podrá sancionar con resolución del contrato de arrendamiento, con la obligación de entrega de las llaves y la posesión de la vivienda, libre de enseres y ocupantes a Emuvijesa.
En el caso del procedimiento por impagos de alquiler o alquiler con opción a compra, cabe recordar que la empresa municipal gestiona de forma integral el control de rentas de alquiler, pudiendo toda persona inquilina con problemas de pago, dirigirse a la misma de forma que se puedan solventar los problemas que emanen de falta de capacidad para hacer frente temporalmente a las rentas o facilitar el pago de deudas.
En este sentido, se prevé una actuación en tres fases. En la primera, se prevé la revisión periódica de impagos. En caso de que ascienda a más de tres recibos se les instará a contactar con la empresa a fin de estudiar personalmente su situación. Si la parte arrendataria no acudiera a la cita, en una fase dos se le reiterará el ofrecimiento en los mismos términos anteriormente reseñados. De no obtener respuesta, en una tercera fase Emuvijesa, en cumplimiento del deber de hacer cumplir las obligaciones contractuales y en defensa de su patrimonio, podrá ejercitar las acciones legales y judiciales pertinentes encaminadas a hacer cumplir dichas obligaciones, pudiendo llevar aparejada las resoluciones de contratos y recuperaciones de las viviendas.