El pleno del Ayuntamiento de Jerez ha aprobado de forma inicial el nuevo reglamento de uso del servicio público de transporte urbano que da respuesta a colectivos como Adifi y a los usuarios de patinetes eléctricos, tan de moda. Establece las condiciones de uso generales de utilización de los autobuses urbanos, así como sus derechos y obligaciones, la actividad inspectora en los vehículos y el régimen sancionador. El punto ha contado con el voto favorable del PSOE, Ganemos Jerez y parte de Adelante Jerez y la abstención del resto de concejales.
Este texto, como aspectos más novedosos, recoge la potestad de que las personas con movilidad reducida que precisen del uso de silla de ruedas puedan transportar en su regazo animales de compañía de determinado peso y tamaño. Igualmente permite a los usuarios de patinetes eléctricos subirlos al autobús siempre que estén debidamente plegados.
Se busca dar respuesta a las peticiones de colectivos como la asociación de personas con diversidad funcional de Jerez (Adifi), o la asociación para la movilidad personal y ecológica de Cádiz (Ampec), “con quienes mantenemos una estrecha colaboración a través de la Mesa de Movilidad, donde ya presentamos el borrador de este nuevo reglamento para recoger aportaciones y sugerencias que han sido muy bien recibidas y que han enriquecido el texto final”, ha señalado el concejal de Movilidad, Rubén Pérez.
El nuevo reglamento sustituirá al anterior, “cuya redacción era más breve y por tanto requería de algunas actualizaciones, definiciones más precisas y desarrolladas, y cambios en general para adecuarse a las necesidades actuales de movilidad urbana”, anota este edil socialista. Del mismo modo, consigue “dotar al usuario de sus derechos, así como de la posibilidad de realizar quejas o reclamaciones en caso de incumplimiento del mismo por parte de la empresa, así como regular las obligaciones y prohibiciones de los mismos”.
DOS PUNTOS NOVEDOSOS
Según se resalta en la nota remitida a DIARIO Bahía de Cádiz, el texto incluye un apartado donde se determina en qué casos se puede viajar con animales de compañía y en qué condiciones, incluyendo la demanda de colectivos de personas con movilidad reducida en cuanto a transportarlos en su regazo, en el caso de desplazarse en silla de ruedas.
En un apartado específico, se establece que “se podrá viajar con animales, siempre que sean perros-guías acreditados como acompañamiento de personas invidentes, o animales de compañía de pequeño tamaño que se transporten dentro de un receptáculo cerrado con dimensiones que no excedan de 45 x 35 x 25 centímetros”.
Asimismo, se incluye que “también se permite viajar con animales que se transporten en el regazo de personas que viajen en sillas de ruedas, siempre que vayan sujetos con una correa, con bozal puesto, y no superen los ocho kilos de peso”. Se excluyen de este derecho el transporte de los animales potencialmente peligrosos. Además, se deja claro, “no se podrán introducir animales en el interior del autobús, salvo los casos anteriores”.
Igualmente, el futuro reglamento da respuesta a las peticiones de los usuarios de patinetes eléctricos, e incluye en uno de sus apartados la posibilidad de poder viajar “con vehículos de movilidad personal siempre que estén debidamente plegados”. Se persigue facilitar los desplazamientos en la ciudad de estas personas “y conseguir una mayor intermodalidad que contribuya a generalizar el uso de estos vehículos”.
REGULANDO EL USO DE LOS VMP
Igualmente, en este pleno ordinario de mayo se ha aprobado el proyecto de modificación de la ordenanza municipal de circulación, trabajado por Movilidad junto a Policía Local, para la inclusión de la regulación sobre los vehículos de movilidad personal (VMP); supone básicamente la adaptación a la normativa estatal. Ha salido adelante con la única abstención de Ciudadanos.
Con esta modificación de la ordenanza se pretende “ordenar y compatibilizar la circulación de estos vehículos en el espacio público con los distintos modos de transporte, a través de un marco normativo ágil, donde se garantice la seguridad de los usuarios de VMP y se proteja al peatón”, ha anotado Pérez, quien ha agradecido la implicación de la Policía Local y entidades como la Ampec y la Universidad de Cádiz, y de todas las personas que han realizado aportaciones a modo individual.
Como puntos más notables, y como norma general, se prohíbe la circulación de estos patinetes “por aceras, plazas, parques, jardines y demás espacios reservados con carácter exclusivo para el tránsito, estancia y esparcimiento de los peatones”. Asimismo, y por motivos de seguridad vial, no se permite su circulación en rotondas; el usuario deberá bajarse del vehículo y transitar por las aceras y pasos de peatones. Tampoco podrán circular por vías cuya velocidad permitida se establezca en más de 30 kilómetros por hora; o por la calzada cuando exista vía ciclista y por túneles urbanos.
En cambio, estos VMP deberán circular por vías ciclistas; por calles limitadas a velocidad igual o inferior a 30 km/h, sin superar la velocidad máxima limitada de la vía y siguiendo exclusivamente el sentido de circulación autorizado, siempre y cuando no exista vía ciclista; y en otras vías en las que esté expresamente señalizada la posible circulación de estos vehículos, así como su velocidad.
Asimismo, el texto fija en 15 años la edad mínima permitida para circular con patinetes eléctricos, así como la obligatoriedad de obedecer las señales de circulación y de circular con la suficiente precaución y diligencia necesaria para evitar daños propios o ajenos. Tampoco se puede usar los patinetes tras consumir drogas o alcohol; en este punto, pueden ser sometidos a test, como a los conductores de motos o coches. E igualmente, se prohíbe circular utilizando el móvil, ir agarrado a otro vehículo en marcha, o transportar pasajeros y animales. Se debe llevar casco.