Cada vez más, los consumidores son conocedores de sus derechos y por ello reclaman ante las instancias judiciales aquellas tasas, cláusulas y gastos derivados de las firmas de sus hipotecas que con el tiempo y la queja de miles de usuarios se han confirmado como abusivos. El último caso, el de las hipotecas ligadas al IRPH.
Cuando un consumidor entiende que se le han cobrado cantidades excesivas durante el proceso de firma de su hipoteca, debe reclamar. Lo mismo ocurre cuando se entiende que ha habido falta de transparencia a la hora de informar sobre la “letra pequeña”.
De hecho, ya hay diferentes sentencias que han creado jurisprudencia sobre lo abusivo de ciertas cláusulas, como las cláusulas suelo o las cláusulas de las hipotecas ligadas al índice IRPH. Igualmente, existen gastos en toda hipoteca, sea del tipo que sea, que también son reclamables según las últimas sentencias de los tribunales.
Gastos reclamables de una hipoteca
Tras el fallo del Tribunal Supremo sobre quién tiene que pagar el impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD) de los gastos de hipoteca, queda claro que serán los clientes quienes se hagan cargo de ellos. Pero lo cierto es que hay otro tipo de gastos que el cliente sí puede seguir reclamando a su banco. Es el caso de lo abonado en gastos de Notaría, de Registro de la Propiedad y de gestoría. Igualmente se podrían reclamar los gastos de tasación de la vivienda previos a la firma de la hipoteca si ya se tenía una hecha y el banco no la aceptó.
Un caso especial son las Hipotecas con IRPH, el segundo índice de referencia hipotecaria tras el Euribor. Este índice de referencia se elabora por el Banco de España y es el tipo de interés medio en el que las cajas y bancos prestan el dinero a sus clientes.
En cualquiera de los dos casos, aquellos consumidores que deseen solicitar a su banco el abono de los gastos que sí son reclamables, deberán ponerse en contacto con un despacho de abogados especializado.
El Grupo AlegA es un gabinete de servicios de defensa jurídica y asistencia integral que cuenta con abogados especialistas en Hipotecas con IRPH. Su sede se encuentra en la ciudad de Sevilla y su teléfono de contacto es el 900 525 672. Se harán cargo de estudiar su caso y poner en marcha las reclamaciones pertinentes de todos los gastos hipotecarios que el cliente haya pagado de más. Guían al cliente en todo el proceso y no solicitan un adelanto de fondos cuando comience la reclamación.
Reclamación de gastos de hipotecas IRPH
Las hipotecas con IRPH, según destaca el Tribunal Supremo en su última sentencia de 21 de octubre de 2020, cuentan con condiciones ligadas al IRPH que pueden considerarse abusivas, por lo que los jueces entienden que los bancos no fueron transparentes con los consumidores cuando las firmaron, puesto que las condiciones generales de contratación no se negociaron con los clientes, lo cual es abusivo.
Concretamente el Tribunal ha apreciado falta de transparencia en las hipotecas afectadas por IRPH por no haberse informado de la evolución del índice IRPH de los dos años anteriores. Esto implica que todos los afectados podrán reclamar esta cláusula abusiva de sus hipotecas.
¿Quiénes pueden solicitar la devolución?
Todos aquellos consumidores que tengan incluido este índice abusivo en sus hipotecas pueden realizar la reclamación y solicitar el abono de las cantidades pagadas de más. Lo importante para que estos casos sean exitosos es que un especialista en la materia, es decir un abogado experto en derecho financiero, revise y analice particularmente cada caso, para que las reclamaciones sean enfocadas de la manera más correcta.
¿Se puede reclamar si ya se ha terminado de pagar?
Aunque se haya concluido la relación con el banco y el cliente ya haya liquidado su hipoteca, sí que puede reclamar los gastos abusivos. DIARIO Bahía de Cádiz