Con la llegada de las vacaciones de verano, los aeropuertos se encuentran al máximo de su capacidad, y en muchas ocasiones, las aerolíneas no pueden gestionar todos los vuelos que tienen programados. Es natural que se produzcan retrasos, cancelaciones, o incluso overbooking, es decir, que es una aerolínea vendido más billetes que asientos tiene el avión.
En el caso de que te encuentres con alguna de estas situaciones, lo que nunca debes hacer es quedarte de brazos cruzados, ni conformarte con la primera opción que te proporcione la aerolínea. Tal y como vemos en https://airadvisor.com, tienes el derecho a reclamar una compensación que puede ser de hasta 600 euros en el caso de un vuelo dentro de la Unión Europea. Toma nota de toda la información relevante que debes conocer antes de comenzar tus vacaciones.
Mi vuelo se retrasa, ¿qué hacer?
El verano siempre es un momento complicado por la gran cantidad de pasajeros que estar preparados para salir de vacaciones. El espacio aéreo se encuentra más congestionado y es muy habitual que se den situaciones comprometidas. Pero claro, cuando los tocas padecer un retraso o una cancelación quizás no sepamos cuál es la manera correcta de actuar.
En primer lugar, debes saber que la Unión Europea regula lo derechos de los usuarios de líneas aéreas, siendo el Reglamento (CE) n° 261/2004 el que es de aplicación en estos casos. Por tanto, ante una reclamación, ya sea amistosa o judicial, siempre existe una base jurídica sobre la que poder actuar, y es la que te permitirá hacer valer tus derechos como consumidor.
Cualquier vuelo que tenga lugar dentro del espacio aéreo europeo deben acogerse a esta normativa, incluso, aunque la aerolínea no sea europea.
Incluso es de aplicación en vuelos que salgan de un país de nuestro continente a otro que se encuentre fuera de la Unión Europea.
Es conveniente saber que si un vuelo parte de un país extracomunitario y tiene como destino uno de la Unión Europea, incluyendo los de aerolíneas que no sean de nuestro continente, también deben regirse por esta normativa. Existen una serie de tablas por la cual se regula cuál debe ser la asistencia obligatoria de la aerolínea en caso de retrasos.
La asistencia obligatoria por parte de la aerolínea
– Por ejemplo, la asistencia es siempre obligatoria si el vuelo es menor de 1.500 kms y el retraso es mayor a dos horas.
– Si es mayor a 1.500 kms dentro del continente europeo, o entre 1.500 y 3.500 kms, pero hay destino fuera de la Unión Europea, la asistencia es obligatoria siempre y cuando el retraso sea superior a tres horas.
– Cuando el vuelo recorre más de 3.500 kms, la aerolínea estará obligada a atendernos si el retraso es mayor de cuatro horas,
Compensaciones económicas por retrasos
Si tu vuelo sufre un retraso, independientemente que el destino sea la Unión Europea o fuera de ella, la aerolínea está obligada a compensarte económicamente. En este caso, se sigue el siguiente baremo:
– Si el vuelo es menor a 500 kms y sufren retraso de más de tres horas, obtendrás una compensación de 250 euros.
– Si el vuelo es hasta 3.500 kms y se retrasa más de tres horas, la indemnización es de 400 euros.
– Si sobrepasa los 3.500 kms, el retraso es mayor a tres horas, pero sigues dentro del territorio europeo, también tendrás derecho a 400 euros.
– Si el vuelo tiene como destino un país extracomunitario, se retrasa entre tres y cuatro horas y sobrepasa los 3.500 kms, la indemnización será de 300 euros.
– Finalmente, si se dan las mismas condiciones que en el apartado anterior, pero el retraso es mayor a cuatro horas, la indemnización será de 600 euros.
Solamente hay que pensar que en el caso de una familia que vaya a viajar en avión, encontrarse con un retraso importante siempre es muy problemático, sobre todo si hay niños pequeños. La normativa establece que los retrasos superiores a tres horas deben ser compensados por las líneas aéreas, dependiendo del kilometraje del vuelo. Debemos hacer la salvedad de aquellos vuelos que atender un caso país esta comunitario con destino a la Unión Europea. Si nos encontramos con un retraso, solamente podremos reclamar en el caso de que la aerolínea sea europea.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana pone esta web a disposición de los usuarios para que sepan en todo momento la información útil a la hora de volar. Consultar esta página siempre es muy recomendable antes de iniciar cualquier viaje que implique tomar un avión.
¿Y fuera de Europa?
El convenio de Montreal, firmado en 1999 por 133 países, también es de aplicación en el caso de que no se apliquen el reglamento europeo. También prevé las indemnizaciones correspondientes por retraso, cancelación o pérdida o destrucción de equipaje.
Es muy importante tener en cuenta que, en muchos casos, las aerolíneas harán todo lo posible por que no reclames el retraso de tu vuelo. Conviene no aceptar ningún tipo de descuento como compensación para el futuro viaje, ya que esto podría debilitar una futura reclamación.
En el caso de que te encuentres con un retraso o una cancelación, guarda todos los tickets y facturas de los gastos que tengas que llevar a cabo en el aeropuerto o fuera de él, ya que se podrán adjuntar a tu posterior reclamación. La ley establece un plazo de hasta cinco años para poder presentar la reclamación del vuelo correspondiente.
Antes de salir de viaje, estudia con mayor detalle, cuáles son tus derechos como pasajero, y en el caso de encontrarte con algún inconveniente en el aeropuerto, y reclama a la aerolínea que te atienda como es pertinente. Al regreso de tu viaje o de tus vacaciones podrás preparar la correspondiente reclamación para obtener una compensación económica acorde con las molestias ocasionadas.