La Agencia Tributaria acaba de abrir el plazo para confirmar o modificar y presentar por internet la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2020 (IRPF 2020).
Se ha diseñado la campaña con un refuerzo de la asistencia personalizada para dos colectivos que pueden requerir una ayuda singular en estos momentos: los afectados por regulaciones temporales de empleo (ERTE) y los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV). A su vez, y como vía de facilitación de liquidez, se establece una opción de fraccionamiento en seis meses sin intereses para contribuyentes en ERTE debido a la crisis del coronavirus y con resultado de la declaración a ingresar.
La campaña también cuenta con mejoras que facilitan la presentación de la declaración a contribuyentes con actividades económicas en régimen de estimación directa y objetiva, arrendadores e inversores.
En la provincia de Cádiz se esperan hasta 521.957 declaraciones (más de 21,5 millones en todo el Estado), 20.251 más que el año pasado (un 4,03% más). De ese total, se prevé que 367.571 den derecho a devolución, dos tercios del conjunto y un 1,4% más que el año anterior, por un importe estimado de 274 millones de euros. Aquellos contribuyentes gaditanos que cuenten con declaraciones a ingresar, no realizarán los primeros pagos hasta el final de la campaña; las estimaciones indican que serán 120.843, un 7,7% más del total, debiendo pagar unos 191 millones,
Existen dos delegaciones de la Agencia Tributaria en la provincia, una en Cádiz (con administraciones en Algeciras, Chiclana, El Puerto, San Roque, Sanlúcar y Ubrique) y otra en Jerez. En la primera delegación se esperan hasta más de 402.600 declaraciones (algo más de 96.000 de ellas, positivas, suponiendo unos 150 millones); y en la segunda se prevén cerca de 120.000 declaraciones (menos de 24.500 positivas, sumando unos 41 millones de euros).
Según informan desde Subdelegación del Gobierno en una nota remitida a DIARIO Bahía de Cádiz, el plazo de presentación finaliza el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 25 de junio. La atención telefónica para la confección y presentación de declaraciones (plan ‘Le Llamamos’) comienza el 6 de mayo, con solicitud de cita a partir del 4 de mayo, y la atención presencial en oficinas se inicia el 2 de junio (seis días antes que el año pasado), con solicitud de cita a partir del 27 de mayo. La atención personalizada, por teléfono y en oficinas, seguirá contando con el apoyo de comunidades autónomas y ayuntamientos.
Las previsiones de esta campaña de la Renta 2020 vienen claramente condicionadas por el aumento de obligados a declarar como consecuencia de los ERTE (más declaraciones previsiblemente a ingresar) y por la obligatoriedad de presentar declaración para todos los perceptores del nuevo Ingreso Mínimo Vital (un 26,9% más de declaraciones con resultado cero -ni a ingresar, ni a devolver-, dado que el IMV es renta exenta y se trata de perceptores con rentas bajas).
Sin el efecto de ambos colectivos, el número de declaraciones descendería ligeramente con respecto al año anterior, al igual que las declaraciones con saldo a ingresar, debido al efecto que ha tenido la paralización de actividad por la pandemia en las rentas derivadas de actividades económicas, las del capital y las ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones de inmuebles.
ANTICIPACIÓN DE SERVICIOS
De nuevo en esta campaña los contribuyentes han contado con carácter anticipado con los principales servicios de asistencia en campaña, caso de la descarga y visualización de los datos fiscales, la obtención del número de referencia para la presentación y la App, que contará con nuevas mejoras para facilitar la navegación y la usabilidad, como la incorporación del mismo acceso directo (‘click to call’) al teléfono de información tributaria existente en la web de la Agencia.
Gracias a esa anticipación de servicios, más de un millón de contribuyentes de todo el país han accedido ya a sus datos fiscales para la gestión y presentación de su declaración, de manera que han tenido la oportunidad de prepararse con tiempo para poder, si lo desean, presentar la declaración desde el primer día a través de RENTA WEB (la herramienta universal para la gestión de todas las declaraciones con independencia del canal de confección y presentación), agilizando así también las devoluciones que, en su caso, les correspondan.
En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.