El total de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) registrados en la provincia de Cádiz (hasta el día 13 de abril) por fuerza mayor desde que se declarara el estado de alarma por la crisis sanitaria del coronavirus asciende a 13.020, con más de 63.000 trabajadores afectados por ellos. De ese total, la delegación territorial de Empleo de la Junta de Andalucía, como autoridad laboral en la provincia, ha resuelto actualmente cerca del 44% (lo que supone 5.651 solicitudes); unos datos de los que no ha tardado en auto-felicitarse Ciudadanos (asume dicha consejería).
A partir de estos mismos datos, CCOO ha querido evidenciar la otra cara de la moneda: todavía hoy alrededor del 57% de expedientes solicitados carece de la autorización de la autoridad laboral
Especialmente preocupante resulta, a criterio de este sindicato que, de los 63.081 trabajadores afectados en Cádiz, sólo se hayan resuelto los expedientes de 27.125, “lo que pone de manifiesto que el 63% de las personas trabajadoras afectadas por ERTE tienen problemas para acreditar su condición legal de desempleo y para acceder a la prestación que les corresponde”.
En una nota remitida a DIARIO Bahía de Cádiz, la secretaria provincial de CCOO, Lola Rodríguez, sostiene que “esta situación resulta inaceptable por cuanto estamos hablando de los problemas que se están generando por parte de la Junta a miles de trabajadores para garantizar sus ingresos y poder hacer frente a los compromisos económicos de sus familias”.
Comisiones entiende que el Gobierno andaluz de derechas “se está equivocando en sus prioridades de gestión en esta crisis”, y señala que “en lugar de obligar a los afectados por ERTE a inscribirse como demandantes de empleo, aumentando de esta manera la presión de trabajo de los profesionales del Servicio Andaluz de Empleo (SAE), debería centrar todos sus esfuerzos en priorizar la tramitación de estos expedientes de suspensión de contratos”.
De igual manera, desde CCOO reiteran su denuncia ante la “falta de información y transparencia” de la Junta en la tramitación de estos ERTE por la crisis del coronavirus, que “está provocando problemas tanto a los sindicatos y como a las empresas para hacer el necesario seguimiento de los mismos”.
“La Junta debe adoptar medidas para desatascar el colapso existente en la tramitación de los ERTE habida cuenta de las negativas consecuencias que la situación actual tiene ara las personas trabajadoras afectadas en nuestra provincia”, apostilla Rodríguez.
BARES, RESTAURANTES Y COMERCIOS, LOS SECTORES CON MÁS ERTE
En términos generales, en la provincia de Cádiz se han presentado (hasta ahora) un 14,4% de los expedientes presentados en el conjunto de Andalucía y que los trabajadores afectados suponen un 13,8% del volumen total de la comunidad autónoma.
Los datos vienen igualmente a confirmar los análisis realizados en las primeras semanas de la crisis respecto a los sectores más afectados en Cádiz por estos ERTE, destacando la hostelería con más de 19.000 trabajadores afectados, y el comercio que supera los 13.000.
En concreto, el mayor número de ERTE registrados corresponde a los bares y restaurantes, con un 27,4% sobre el total de expedientes presentados; le sigue el comercio al por mayor y al por menor, con un 20,8%. El siguiente es el que se refiere a otros servicios personales (lavanderías, peluquerías, pompas fúnebres, actividades de mantenimiento físico, y otras) que suponen el 6,4% sobre el total. A continuación, siguen las actividades sanitarias (5,3%); la construcción (4,9%); la educación (3,7%); el transporte y almacenamiento (2,6%); y los hoteles y alojamientos similares (2,6%).
Desde un punto de vista de trabajadores afectados, en torno al 75% (tres de cada cuatro) pertenecen al sector servicios. Después, la industria aglutina en torno al 11,5% de las personas afectadas, y la construcción, a más del 6% de los trabajadores.
BENEFICIOS DE ACOGERSE A UN ERTE POR FUERZA MAYOR
Al acogerse a un ERTE, las empresas quedan exoneradas del abono de las cuotas empresariales, así como de las cuotas por conceptos de recaudación conjunta, siempre que la empresa tenga menos de 50 trabajadores, o del 75% si tiene 50 empleados o más en plantilla.
Por su parte, los trabajadores afectados por estas regulaciones temporales de empleo pueden acogerse durante el periodo a prestaciones por desempleo, aunque carezcan del período de ocupación cotizada mínimo, y sin que compute este cobro a los efectos de consumir los períodos máximos de prestación legalmente establecidos. Igualmente, el periodo de suspensión computa como periodo cotizado a la Seguridad Social.