La Audiencia Provincial ha confirmado la condena por derribo de la Casa de las Cadenas de El Puerto, declarada BIC. La sentencia firme emitida –diez años después- supone una desestimación de los recursos de apelación interpuestos por los procesados y ratifica las penas a los constructores que llevaron a cabo el derribo, al exalcalde Hernán Díaz, al entonces concejal de Urbanismo Juan Carlos Rodríguez y al arquitecto jefe del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística. A los políticos sólo se les condena a la inhabilitación especial para empleo o cargo público. IU denunció en su momento este derribo parcial a la fiscalía.
La Audiencia Provincial ha confirmado la condena por derribo de la Casa de las Cadenas de El Puerto de Santa María, declarada Bien de Interés Cultural (BIC) con la categoría de Monumento por la Junta de Andalucía. La sentencia firme emitida supone una desestimación de los recursos de apelación interpuestos por los procesados y ratifica las penas a los constructores que llevaron a cabo el derribo, al exalcalde Hernán Díaz, al entonces concejal de Urbanismo, Juan Carlos Rodríguez y al arquitecto jefe del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística, Fernando Jiménez Fornell.
Concretamente, la sentencia condena a los constructores Rufino Rafael Naves Llaneza y a Juan Ignacio Naves Arambarri, como “autores criminalmente responsables de un delito de daños contra el patrimonio histórico del art. 323 del Código Penal” a las penas, para cada uno de ellos, de prisión de un año y seis meses y la de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y de profesión u oficio relacionado con la construcción y promoción inmobiliaria durante el periodo de la condena y la de multa de 15 meses con una cuota diaria de 20 euros (9.000 euros cada uno) con una responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas”. Asimismo, los condena, en concepto de responsabilidad civil “a la obligación personal de proceder a la reconstrucción del inmueble demolido, descrito en los antecedentes de esta sentencia, a su estado originario” y a indemnizar a la Junta de Andalucía “en la cantidad a determinar en ejecución de sentencia por los daños causados al patrimonio”.
En el caso de Hernán Díaz y Juan Carlos Rodríguez (ambos entonces políticos de Independientes Portuenses) y Fernando Jiménez, los considera autores a cada uno de ellos de “un delito de prevaricación administrativa del art. 404 del Código Penal” y los condena “a la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público durante ocho años”. La sentencia libera asimismo, a Izquierda Unida del pago de las costas procesales derivadas de haberse personado en la causa.
Este derribo parcial de la Casa de las Cadenas fue llevado ante la Fiscalía por el Grupo Municipal de IU, además de personarse posteriormente en el caso, debiendo aportar en su momento el correspondiente adelanto de la fianza, cantidad que la formación política confía en que también le sea devuelta.
“HA MERECIDO LA PENA ESTE LARGO CAMINO”
El parlamentario andaluz de IU por Cádiz, Ignacio García (y en el momento en que se produjeron los hechos concejal y portavoz municipal de IU), ha dado a conocer la sentencia y se ha mostrado satisfecho por la misma afirmando que “ha merecido la pena este largo camino”, a la vez que ha considerado “justo que se libere a quien ha ejercido la acusación particular, a quien alertó de los graves daños causados contra un bien público, de pagar las costas del proceso”. No obstante, García ha lamentado que “se hayan necesitado nada menos que diez años para lograr un fallo en firme sobre este asunto” y ha subrayado que “este tremendo retraso rebaja los efectos de la condena y le quita efectividad a lo que puede tener de disuasorio una condena de este tipo”.
El diputado izquierdista incide en “la laxitud de las condenas a los dirigentes públicos corrompidos” y califica de “claramente insuficiente que delitos de prevaricación administrativa, que es una forma fina de llamar a la corrupción, se limite a la mera inhabilitación política, sobre todo en el caso concreto de Hernán Díaz, ya retirado de la política o a Juan Carlos Rodríguez”.
En una nota remitida a DIARIO Bahía de Cádiz, entiende que con este tipo de retrasos no se elimina el carácter disuasorios de las penas, porque “como se suele decir, que me quiten lo bailao”, apunta. Por otro lado, afirma que “no parece razonable la diferencia de tratamiento” entre las penas impuestas a los constructores y las que finalmente han recaído sobre los responsables políticos. En este sentido, deja patente la defensa de IU al aumento de las penas en los casos de corrupción y la petición de mayor agilidad para este tipo de procesos.
El parlamentario afirma que su partido estará atento a partir de este momento en que se cumpla la parte de la sentencia que obliga a los constructores a resarcir el daño causado; “aun reconociendo la dificultad, vamos a seguir el tema; ya que habrá que ver dónde está el material procedente del derribo y si éste no existe, que se haga con otro equivalente”.