La nueva ordenanza del Ayuntamiento de Chiclana reguladora de los procedimientos administrativos de regularización de edificaciones existentes y del procedimiento administrativo de la declaración de situación de Asimilado a Fuera de Ordenación (AFO), aprobada de forma definitiva en octubre, ha entrado en vigor en los últimos días de 2024 tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Esta herramienta persigue facilitar la dotación de servicios básicos (luz, agua y alcantarillado) a unas 1.300 viviendas ilegales “que tienen los servicios a pie de calle” (o sea, se encuentran junto a la zona urbana, además de en La Rana Verde).
“El objetivo es mejorar la calidad de vida de las personas que tienen vivienda en el diseminado, ya que podrán acceder a los servicios básicos, así como mejorar el medio ambiente (fundamentalmente los acuíferos). Queremos dar solución a una realidad que existe en Chiclana y que es posible legalmente”, ha destacado el concejal de Urbanismo, Rodolfo Pérez.
Hace una década, en 2014, ya se aprobó una ordenanza sobre los AFO, pero tras la caída del último Plan Genera se encontraba desfasada y además había que adaptarla a la nueva Ley de Suelo andaluza (la LISTA), se anota en el comunicado remitido a DIARIO Bahía de Cádiz.
ALGUNAS NOVEDADES
En cuanto a la nueva ordenanza, una de las novedades que presenta es la adaptación de la propia normativa de AFO a la LISTA y a su Reglamento, precisamente.
“Asimismo, aquellas edificaciones levantadas hace muchos años pueden asimilarse a las que tienen licencia, aunque no la tuviesen en su momento. En este caso, hablamos de viviendas ejecutadas, o bien antes de 1975 o bien antes de 1990”, ha precisado Pérez, aclarando que “para ello el propietario debe presentar la correspondiente documentación y el Ayuntamiento certificar que esa edificación está asimilada a la licencia. Así, podría conectarse a los servicios básicos”.
“Otra gran novedad es que el AFO no solo se podrá otorgar para aquellas viviendas en suelo no urbanizable, tal y como sucedía con la anterior ordenanza, sino que ahora podrá otorgarse para aquellas en suelo rústico y urbano, es decir, comprende la totalidad del territorio”, recalca el edil de Urbanismo.
SE CONTEMPLA LA TRAMITACIÓN DE OFICIO
Por último, la flamante ordenanza municipal también contempla la tramitación de oficio por parte del Ayuntamiento. Así, cuando el propietario no lleva a cabo la tramitación de AFO y la administración local tiene conocimiento de que esa edificación ilegal puede conectarse a los servicios básicos, este último puede instarle a hacerlo.
Y si transcurrido seis meses el dueño no hiciese nada al respecto, será el Ayuntamiento el que se encargue de hacer el papeleo, lo cual lleva consigo un incremento del 20% al precio de la tramitación ordinaria, que se mantiene como hasta ahora. Se podrá fraccionar el pago hasta un máximo de ocho años, para facilitar al máximo el proceso.
Además, mientras anteriormente el coste de la edificación era en el momento de tramitar la petición de AFO, ahora es el que hubiese tenido en la fecha de la construcción irregular, hasta como máximo el año 2010, momento en el que aparece por primera vez el concepto de AFO en el Reglamento de Disciplina Urbanística.