Facua ha denunciado a los promotores del consolidado ciclo estival Concert Music Festival, en el poblado de Sancti Petri en Chiclana, por “impedir el acceso con comida y bebida del exterior al recinto”. Así, entiende que la empresa Concert Tour impone “cláusulas abusivas” al público de los conciertos y espectáculos programados desde finales de junio y entrado este mes de agosto.
Este festival está trayendo a Chiclana este 2023 a artistas de la talla de Alejandro Sanz, Camela, Niña Pastori, Ludovico Einaudi, Carlos Rivera, Rod Stewart, Víctor Manuel, Chambao, El Kanka, Simply Red, Pablo López, Pablo Alborán, David Bisbal, Robin Schulz, Eros Ramazzotti, Lola Índigo, Vanesa Martín, Tom Odell, Antonio Orozco, Bizarrap, Simply Red o Duki.
Dicha asociación de consumidores ha elevado sendos escritos tanto al servicio de consumo de la consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía como al Ayuntamiento chiclanero con el objetivo “de salvaguardar los derechos de los consumidores ante las posibles infracciones que se están cometiendo durante la celebración de este evento”, que cuenta con el propio Consistorio como coorganizador, y entre otros apoyos institucionales y económicos con la Diputación y la Junta, “a través de la cual recibe fondos europeos”.
En una nota remitida a DIARIO Bahía de Cádiz, Facua recuerda el derecho que asiste a los asistentes de introducir comidas y bebidas del exterior, y remarca que esta prohibición para el acceso al recinto “no es necesaria para la correcta consecución de la actividad comercializada”, por lo que insta a las administraciones municipal y autonómica a investigar los hechos denunciados y abrir procedimiento sancionador a la empresa promotora.
Y se advierte a Concert Tour que, en caso de no rectificar, “podría incurrir en una infracción grave conforme al artículo 20 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía”.
En la propia web del Concert Music Festival se contesta a la pregunta (¿puedo acceder al recinto con comida o bebida?), señalando que “no está permitido el acceso con comidas o bebidas procedentes del exterior del recinto, con las siguientes excepciones: en el caso de la bebida, sí se permite el acceso con agua, pero siempre en envase de plástico sin tapón y con capacidad no superior a 50cl. No está permitido el acceso con bebidas alcohólicas ni envases de cristal. En el caso de la comida, si se permite el acceso de alimentos para casos especiales y justificados de alergias o intolerancias o comida para bebés”.
“LA ACTIVIDAD BÁSICA DE LA EMPRESA NO ES LA VENTA Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDA Y BEBIDA”
Más allá de lo que dice la ley, Facua Cádiz repasa que la antigua Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), ahora, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan), publicó en 2016 un informe relacionado con este mismo asunto, en aquella ocasión con la prohibición en cines, “en el que concluía que existía una ‘cláusula abusiva’ ya que el consumidor ‘se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida”.
Por ello, la asociación de consumidores hace un llamamiento para que los asistentes a estos conciertos en Sancti Petri (u otros) que puedan verse afectados por estas limitaciones en el derecho de admisión acudan a la propia Facua “con el objetivo de informarles y valorar las acciones que puedan emprenderse para garantizar el cumplimiento de la normativa andaluza y estatal”.