CARTA AL DIRECTOR enviada por: Pablo Román Vázquez, de Cádiz
Mi intención mediante esta carta es poner en conocimiento el pésimo estado de conservación y salubridad de las instalaciones municipales destinadas al esparcimiento de mascotas (perros) y manifestar mi perplejidad ante tanta dejadez por parte de los responsables de su mantenimiento. Una de ellas se ubicada en las inmediaciones de la Muralla de Puertas de Tierra aledaña a la estación de tren y la otra se sitúa en el interior del perímetro de la Plaza Asdrúbal.
Cuando digo dejadez no me refiero a una serie de hechos puntuales sino a una continuidad en el tiempo desmesurada y permitida ya que somos muchos los propietarios de perros que hemos puesto en conocimiento a las distintas autoridades competentes en la materia averías y consejos para poder disfrutar en éstos espacios. No voy a enumerar ni describir estas incidencias porque creo que no conducen a nada provechoso. Lo expreso aquí y que “cada palo aguante su vela”.
Por si les sirve de ayuda para comprender la dejadez a la que me refiero quisiera remitirles al Real Decreto 287/2002 y Decreto 42/2008 por el que se regula la tenencia de Animales potencialmente peligrosos. Partiendo de la base de que en los “parques de perros” citados se permite el acceso a éste tipo de mascotas (hecho que me alegra y aplaudo), les informo que en el artículo 12 (punto 1) del Decreto se recogen unas “medidas de seguridad en instalaciones “que pudieran estimular o inspirar a quien proceda a acometer algún tipo de arreglo o replanteo de las dimensiones y consistencia del vallado existente y accesos a su interior.
Con el fin de ayudarles más todavía les menciono la Ley 11/2003 Ley de Protección de animales. En concreto nos centramos en el Capítulo II, Tenencia, circulación y esparcimiento, articulo 11(punto 3) en el que se insta al propietario de animal de compañía a que su mascota disponga de un periodo de tiempo superior a una hora diaria para así estar libre de ataduras. Supongo que en la ciudad de Cádiz se habrán creado los “parques de perros” para este fin.
Esto nos lleva al Artículo 15 del citado capítulo “zonas de esparcimiento” en el que se insta expresamente a las “Administraciones Públicas a habilitar en los jardines y parques públicos espacios idóneos debidamente señalizados para paseo y esparcimiento de los animales. Igualmente cuidaran, las administraciones, de que los citados espacios se mantengan en perfectas condiciones de seguridad e higiénico-sanitarias”.
Termino como comencé. Los espacios destinados a esparcimiento de perros en la ciudad de Cádiz se encuentran en un estado lamentable en cuanto a superficie disponible para el volumen de mascotas que lo frecuentan, conservación, limpieza y mantenimiento en general.
A día de hoy constituyen un peligro para perros y humanos. A parte de nuestros queridos perros este tipo de instalaciones también la frecuentan adultos y niños humanos. Estos últimos expuestos al igual que nuestras mascotas a riesgos para su salud gravísimos.
Por poner un ejemplo véase el estado actual del vallado metálico que delimita el parque canino con la estación de Renfe, una caída libre de más de 10 metros al alcance de perros y humanos.
Todo esto lo comunico para conocimiento general y en particular para quien proceda y actúe en consecuencia si lo estima oportuno. Gracias, un saludo.
(puedes comentar esta información más abajo)