CARTA AL DIRECTOR enviada por: Mercedes Domínguez (presidenta Prodeni El Puerto)
Mediante el presente escrito la asociación Pro Derechos del Niño (Prodeni) de El Puerto de Santa María pretende denunciar la vulneración de los derechos de los menores que venimos observando de forma reiterada a través de las redes sociales por el concejal David Calleja.
Hay líneas que no se deben sobrepasar y una de ellas es la utilización de la imagen de los menores.
Según el art. 92 LOPDGDD, los centros educativos y cualesquiera otros que desarrollen actividades en las que participen menores de edad garantizarán la protección de interés superior del menor y sus derechos fundamentales, especialmente el derecho a la protección de datos personales en la publicación o difusión de sus datos personales a través de servicios de la sociedad de la información.
Además de ello deberán prestar consentimiento para la utilización de sus datos personales y ello solo lo otorgarán sus padres o tutores legales de forma expresa según lo dispuesto en el art. 7.1 de la LOPDGDD.
Las imágenes de un menor son consideradas datos de carácter personal. Por lo que nos parece inadmisible cuando el uso de las imágenes de menores se utiliza además con fines publicitarios al hacer entrega de las pulseras Calleja Fiestas…
Asimismo, la Carta Europea de los derechos del niño establece que “todo niño tiene derecho a ser protegido contra la utilización de su imagen” y “a no ser objeto por parte de un tercero de intrusiones injustificadas en su vida privada”.
Por todo ello, solicitamos el cese de uso de imágenes de menores en redes sociales al concejal David Calleja si no posee el consentimiento expreso de sus padres y tutores legales.
Asimismo, pedimos a centros educativos, deportivos o cualquier otro que realice actividades en la que participen menores que tengan en cuenta el uso de las imágenes de menores para tales fines.
Todo esto se le hará llegar al Defensor del Menor Andaluz, Jesús Maeztu, encargado de salvaguardar y promover los derechos fundamentales de los menores.
Reservándonos el derecho a emprender acciones legales y posibles reclamaciones a la Autoridad de Protección de Datos (APD) si se sigue vulnerando el art. 4 de la Ley 1/1996 que establece que “los menores tienen derecho a la intimidad personal y familiar, al honor y a la propia imagen”. DIARIO Bahía de Cádiz