En los últimos días se ha conocido un auto del Juzgado número 3 del Contencioso Administrativo de Cádiz en el que se rechaza el recurso de la Junta contra la decisión del Ayuntamiento de 2013 de no conceder la declaración de ruina para el edificio de la Escuela Náutica. El PP, que aplaude esta decisión, ya calificó esta pretensión autonómica en su momento, siendo Gobierno local, de “falta de responsabilidad y burla al respeto a nuestro patrimonio”.
En los últimos días se ha conocido un auto del Juzgado número 3 del Contencioso Administrativo de Cádiz en el que se rechaza el recurso de la Junta de Andalucía contra la decisión del Ayuntamiento de 2013, entonces con equipo de Gobierno del PP, de no conceder la declaración de ruina para el edificio de la Escuela Náutica.
Desde el PP local, hoy día principal partido de la oposición, se valora positivamente esta decisión judicial. “Hay que reconocer y agradecer a los técnicos municipales su trabajo, porque fue ese trabajo riguroso y profesional el que fundamentó la negativa de nuestro equipo de Gobierno a las pretensiones de la Junta. Se trata de un edificio emblemático en la ciudad y que forma parte desde hace décadas de importantes catálogos de arquitectura, algunos de ellos avalados por la propia Junta. Estamos orgullosos de haber evitado una importante pérdida patrimonial en Cádiz”.
El anterior Ejecutivo liderado por Teófila Martínez acordó en Junta de Gobierno Local en septiembre de 2013 denegar –en base al informe de los arquitectos municipales- la petición autonómica de declaración de ruina urbanística del edificio de la antigua Escuela de Náutica.
La exalcaldesa ya indicó en ese momento que el grado de protección del edificio impedía tomar una medida de ese calibre que calificó de “falta de responsabilidad y burla al respeto a nuestro patrimonio, declarado por la propia Junta de Andalucía, que utiliza una figura como la de ruina económica para deshacerse de un edificio como el de Náutica”.
El Juzgado número 3 de Cádiz ha dado la razón a la tesis municipal que mantenía que el presupuesto para devolver a la finca a su estado original no excedía los límites establecidos para la posible declaración de ruina.
(puedes comentar esta información más abajo)