La Policía Local de Cádiz ha formulado en tres semanas 308 denuncias a usuarios de patinetes eléctricos por distintos incumplimientos detectados en el marco de una campaña de vigilancia y control de vehículos de movilidad personal (VMP) que todavía se prolongará unas semanas: su finalización se ha aplazado y se hará coincidir con la campaña propia de la DGT, hasta el 7 de noviembre.
Transcurrido un tiempo prudencial de la entrada en vigor de la ordenanza municipal de tráfico de la ciudad, que ya tiene en cuenta la regulación de los VMP, las concejalías de Policía Local y Tráfico ponían en marcha terminando septiembre esta intensificación del control principalmente de los usuarios de estos patinetes eléctricos.
Así, según se repasa en el comunicado remitido a DIARIO Bahía de Cádiz, de las más de 300 multas tramitadas en este periodo, un total de 103 se han impuesto por circular por calle peatonal, 70 por circular con auriculares, 39 por circular con un pasajero, una por circular con dos pasajeros, 17 por utilizar una calzada no autorizada, ocho por utilizar estos vehículos siendo menor de 15 años, y tres denuncias más por conducir un VMP bajo los efectos del alcohol.
La reforma de la ordenanza de tráfico se reveló necesaria ante la proliferación en la capital gaditana de patinetes eléctricos y otros VMP, ya que se adaptan a las necesidades de distintos perfiles de usuario y son una alternativa para evitar retenciones y problemas de estacionamiento, aprovechando la culminación de los más de 20 kilómetros de carril bici y un clima que permite su utilización durante casi todo el año.
Dicha ordenanza municipal, en vigor desde el verano de 2020, recoge como infracción grave por ejemplo la circulación por aceras y otras zonas peatonales con multas de 200 euros. Además, se incide en que los patinetes son de tipo unipersonal, no pudiendo circular con dos o más personas subidas en ellos. Los mismos no pueden tener asiento y, como indica la ordenanza, únicamente están autorizados a circular por vías ciclistas y por calles cuya velocidad máxima sea 20 km/h. La edad mínima para poder usar estos vehículos como medio de transporte es de 15 años, siendo obligatorio el uso del casco a menores de 18 y muy recomendado para mayores de dicha edad
Además, con carácter general, a los conductores de este tipo de vehículos se les aplican todas las obligaciones y prohibiciones que la legislación de tráfico establece para los conductores de cualquier otro tipo de vehículo, como someterse a pruebas de detección de tasas de alcohol y presencia de drogas. No pueden llevar auriculares ni hacer uso del móvil y, lógicamente, deben obedecer las señales de la circulación.