La entidad pide la nulidad del encuentro de la jornada 17 y su reanudación a partir del minuto 81, cuando subía el gol del colista, precedido de fuera de juego que el VAR no quiso ver. Tras rechazar su recurso el Comité de Competición, el de Apelación y el TAD, se acudirá al contencioso-administrativo.
En la firme convicción de que le asiste “la razón y el derecho”, el Cádiz CF SAD ha dejado claro que “no se detendrá ni cesará en su lucha por obtener justicia, agotando cuántos recursos e instancias resulten pertinentes”, en su demanda de impugnación del encuentro celebrado a mediados de enero en el Nuevo Mirandilla ante el Elche. Y es que el gol de los alicantinos (que suponía el 1-1 definitivo) subía pese a un fuera de juego previo que el VAR pasó por alto.
“Ante la gravedad de los hechos acaecidos”, la entidad gaditana presidida por Manuel Vizcaíno pide la nulidad del encuentro y su reanudación a partir del minuto 81 del mismo.
El Comité de Apelación de la Real Federación Español de Fútbol (RFEF) ya desestimó el recurso y confirmaba el 9 de febrero el fallo de Comité de Competición, cuando se declaró “incompetente” (al entender que la cuestión ventilada adolece de naturaleza disciplinaria, lo que impide que pueda pronunciarse sobre el fondo del asunto). Y a partir de ahí, el club apeló al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD). Pero este también acaba de inadmitir el mismo y, en consecuencia, la medida cautelar solicitada por el Cádiz, de suspender la competición hasta que se resuelva definitivamente dicho expediente por el error de los árbitros en aquel encuentro de la jornada 17.
“No cabe duda de que el equipo arbitral incurrió en un error material manifiesto, grave, inexcusable y no justificable”, del que “se derivan perjuicios irreparables” para el Cádiz CF, ha repetido una y otra vez.
En este sentido, y ante la resolución negativa del TAD, en un comunicado recogido por DIARIO Bahía de Cádiz, Vizcaíno anuncia que los servicios jurídicos del club ya se encuentran analizando el cauce jurídico y procesal más conveniente para denunciar ante la jurisdicción ordinaria los hechos. El siguiente paso sería interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Madrid, en el plazo máximo de dos meses.
“Todo ello a fin de lograr que los daños y perjuicios ya causados al Cádiz CF puedan ser reparados o, llegado el momento en que fueran irreparables, para lograr el debido resarcimiento de dichos daños y perjuicios”, se sentencia.